Finalmente el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, después de finalizado los cómputos distritales y de haber esperado el plazo de las impugnaciones de los partidos, entrega una constancia de mayoría la entrega. El Tribunal la define como:
Documento expedido por el presidente del Consejo Local o Distrital, según el caso, de la elección de las fórmulas de candidatos que obtuvieron la mayoría de votos conforme al cómputo y declaración de validez realizada por el propio Consejo.
Para calificar la elección presidencial el tribunal tiene como fecha límite el 6 de septiembre, fecha en la que deberá entregar la constancia al presidente electo.
Lo mismo sucede con el resto de las candidaturas: no se le puede llamar a nadie más senador, diputado, gobernador, etc. hasta que no tenga una constancia de mayoría.
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